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Asociación de usuarios EPS SURA

¿Qué es la asociación de usuarios?

La asociación de usuarios está conformada por un grupo de afiliados al POS de EPS SURA cuyo objeto social es vigilar la prestación, calidad y oportunidad de los servicios que le son brindados a los afiliados de EPS SURA, la defensa de los derechos de dichos afiliados y el cumplimiento de sus deberes conforme con la normatividad vigente.

¿Qué funciones tiene la Asociación de Usuarios?

Para el cumplimiento de su objeto social la Asociación de Usuarios de EPS SURA desarrollará entre otras, las siguientes funciones:

a) Brindar a los afiliados de EPS SURA asesoría y acompañamiento para el ejercicio de sus derechos y obligaciones, de acuerdo con los reglamentos aprobados por la Junta de Administración.

b) Sin perjuicio de la competencia asignada por Ley a las autoridades de vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud ni de las facultades del Defensor del Cliente de EPS SURA, la Asociación de Usuarios podrá atender quejas que presenten los afiliados sobre deficiencias en los servicios brindados y vigilar que se tomen los correctivos del caso.

c) Formular propuestas a la Gerencia General de EPS SURA con la finalidad de que éstas sean a su vez presentadas ante la Junta Directiva.

d) Fomentar canales de comunicación y cooperación con las asociaciones de usuarios de las IPS que hacen parte de la red de prestadores de servicios de salud de EPS SURA para mejorar la calidad de los servicios.

e) Estimular la participación activa de los afiliados a EPS SURA en los programas de prevención y promoción que ésta desarrolle.

¿Quiénes pueden pertenecer a la asociación de usuarios de la EPS?

Para adquirir la calidad de asociado se requiere cumplir con las siguientes condiciones y requisitos:

a) Ser afiliado a EPS SURA con una antigüedad superior a dos años.

b) Ser mayor de edad.

c) Presentar por escrito solicitud de admisión ante la Junta de Administración, en la que manifieste expresamente su voluntad de acogerse a los Estatutos.

La Junta de Administración o el órgano de administración en el que éste delegue dicha función, tendrán un (1) mes de plazo, contado a partir del día de recibo de la solicitud de ingreso para resolver su aceptación.

¿Cómo se pueden presentar solicitudes ante la Asociación de Usuarios?

Los afiliados y empleadores de EPS SURA podrán presentar sus inquietudes y sugerencias ante la asociación, por medio de una comunicación escrita o a través de la cuenta de correo asousuarios@epssura.com.co. Una vez recibidos los requerimientos por, la Junta de Administración de la Asociación de Usuarios, estos serán trasladados a EPS SURA para que se verifiquen las situaciones, se tomen los correctivos pertinentes, se le comunique al usuario y el resultado de esta gestión se informe a la asociación en la reunión del siguiente mes.

Las solicitudes que se envíen a la Asociación deberán cumplir con lo siguiente:

– Presentarse por escrito, por correo físico o electrónico a las direcciones señaladas para el efecto.
– Relacionar los siguientes datos: nombre completo, los apellidos, número de identificación, dirección, teléfono del afiliado, tipo de plan de salud, número del contrato de ser el caso, así como una descripción de los hechos o la sugerencia que desea plantear.

Una vez recibida la comunicación a través de la Asociación de Usuarios, EPS SURA tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para dar respuesta al usuario o empleador.

SI SE ENCUENTRA INTERESADO EN HACER PARTE DE LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS COMPLETE EL SIGUIENTE FORMULARIO.